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LA FIANZA DEL PISO DE ALQUILER © 2008 Pisos 23/07/2008
Con la finalidad de garantizar el correcto cumplimiento de todas las obligaciones del contrato del alquiler del piso, es obligatoria la prestación de la fianza, equivalente a un mes de alquiler. Sólo después de transcurrido el plazo mínimo legal de cinco años estás obligado a actualizar la cuantía de la fianza.
Concluido el arrendamiento, y en el plazo de un mes desde la entrega de las llaves, el propietario deberá devolverte el importe de la fianza, si no se hubieran producido acontecimientos cuyas consecuencias negativas o dañosas pretendan ser cubiertas por la fianza, compensando así los daños total o parcialmente, especialmente para aquellos supuestos donde fuere difícil obtener resarcimiento.
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