
|
|
© 2008 i pisos.com portal inmobiliario con información de casas, apartamentos y pisos en Alquiler 23/07/2008
OBRAS EN EL PISO DE ALQUILER © 2008 Pisos 23/07/2008
Como inquilino necesitas del consentimiento del dueño para hacer cualquier obra que modifique la estructura, estabilidad o seguridad y configuración del Piso o de sus accesorios.
Además de poder resolver el contrato el dueño podrá exigirte que repongas las cosas a su primitiva situación al finalizar el contrato.
Las pequeñas reparaciones siempre son a cuenta tuya. Por otro lado, estás obligado a soportar las obras que realice el propietario, es decir, a permitir la reparación siempre que no se puedan retrasar hasta el final del contrato. El dueño tiene que comunicarte la realización de la obra y tú podrás irte de la vivienda definitivamente, salvo que las obras no afecten o lo hagan de forma irrelevante a la vivienda.
Tienes derecho a que se reduzca el alquiler en proporción a la parte de la casa que no puedas ocupar durante las obras, así como a ser indemnizado por los gastos que dichas obras te ocasionen.
Cuando las obras de conservación hagan inhabitable la vivienda podrás suspender el contrato hasta su finalización o irte definitivamente de la casa, sin tener obligación de indemnizar al propietario por ello.
![]()
Apartamento Monica - San Luis - Llucmaçanes - Mahon - Menorca (Menorca)
|
|
© 2008 I pisos información sobre pisos en el mercado Español Información Pisos 23/07/2008